Una de las salidas que tenían los clubes con graves problemas económicos es la de desaparecer y refundarse en una nueva entidad que venía a sustituir a la anterior. Varios casos son los que en los últimos años se han dado y se conocía vulgarmente en el mundo futbolístico como clubes “engendros”. Estos de un plumazo daban fin a las deudas para comenzar desde otra categoría comprando una plaza, algunas veces la misma en la que estaban anteriormente o cambiando la denominación o escudo con pequeñas modificaciones.
Pero será algo que no volverá a ocurrir pues la RFEF ha presentado en su Reglamento General de 2013, que ha visto la luz hoy, una modificación en su Artículo 104 con el que evitará que eso ocurra. Para el máximo organismo del fútbol español los clubes que dejen de competir o desaparezcan por deudas, estas recaerán sobre aquel que comparta algunas de las siguientes circunstancias con el club desaparecido o que haya dejado de competir:
– Que dispute partidos en el mismo campo o terreno de juego, incluso en el supuesto de que variara su denominación.
– Que disponga del mismo domicilio social.
– Que alguno de los fundadores o directivos del nuevo club, lo fuera del club desaparecido.
– Que el club de nueva creación y el desaparecido tengan la misma estructura deportiva de base.
– Que utilice una equipación de juego igual o similar.
– Que utilice un escudo similar.
– En general, cualquier indicio que induzca a la confusión entre ambos clubes y cuando exista similitud o identidad objetiva y subjetiva entre ambos clubes.
Futbol Caballa
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