El CD Ibiza sigue empeñado en jugar en Can Misses a pesar del convenio de cesión en exclusividad del que goza su convecino, rival y recién ascendido a Segunda A, la UD Ibiza. En un comunicado, la entidad que preside Antonio Palma presenta un listado de casos similares y muy parecidos al que se vive en la isla entre estos dos clubes y en el que se desmontan los argumentos esgrimidos desde el Ayuntamiento de Ibiza, que afirma que el estadio municipal de deportes no puede compartirse porque así lo dice la Liga de Fútbol Profesional, algo que es falso.
La concejalía de deportes del consistorio de Ibiza, en manos de Elena López, lleva varias semanas en el punto de mira. Es el centro de todas las críticas y ha quedado en evidencia por su profundo y preocupante desconocimiento respecto a asuntos que afectan de forma importante al deporte local. Pero también por su falta de mano izquierda en la gestión y reorganización el deporte local tras el ascenso de la UD Ibiza, algo público y notorio.
El CD Ibiza y el CA Pitiús han denunciado en los juzgados el contrato de cesión del campo y la pista de Can Misses por la falta de soluciones válidas y viables aportadas desde la administración. Por otro lado, las secciones de fútbol y rugby del Inter Ibiza han mostrado, del mismo modo, su malestar por la forma de actuar del Ayuntamiento de Ibiza tras su ascenso a Tercera División y la falta de acuerdo sobre las mejoras y los usos del campo de Can Cantó, donde va a jugar. La división de rugby de este mismo club, además, tuvo que enterarse por la prensa de que no iba a seguir en el campo de la pista de atletismo.
El atleta olímpico Dani Mateo, que prepara los JJOO de Tokio en Ibiza, declaraba ayer en este diario que lo que ha permitido el consistorio en la pista de atletismo de Can Misses es un sinsentido, e incluso el presidente de la Real Federación Española de Atletismo, Raúl Chapado, desmentía recientemente a la concejala de deportes de Vila después de que esta le atribuyera unas palabras que afirma que no dijo en una noticia publicada en Periódico de Ibiza. Esperpéntico.
El comunicado emitido por el CD Ibiza tira por tierra parte del argumentario del consistorio, que sostiene que en ningún otro territorio nacional se han compartido instalaciones deportivas por dos equipos de distinta categoría:
Lorca FC y Lorca Deportiva (Estadio Artés Carrasco / 2017-18)
El Lorca FC ascendió a Segunda División en la primavera de 2017 tras finalizar la liga regular en primera posición del Grupo IV de Segunda B y doblegar en la eliminatoria de campeones al Albacete Balompié. En la temporada 2017-18, la ciudad de Lorca contaba también con el Lorca Deportiva en Segunda División B y a pesar de no estar dicha categoría dentro del parámetros del fútbol profesional, ambos clubes compartieron el Estadio Artés Carrasco con prioridad de uso para el equipo de superior división, pero manteniendo sus oficinas el club de menor categoría en dicho estadio y pudiendo jugar todos los partidos oficiales en el mismo
Rayo Majadahonda y Atlético de Madrid (Estadio Cerro del Espino / 2018-19)
El 28 de mayo de 2018, el Rayo Majadahonda, en un agónico final contra el FC Cartagena logra el ascenso de categoría a la Liga de Fútbol Profesional, que disputaría en la temporada 2018-19. En la evaluación de la Liga de la instalación del Rayo Majadahonda (Estadio Cerro del Espino), se observan grandes deficiencias que deben ser corregidas para que el equipo majariego pueda disputar sus partidos allí. Mientras realizan todas las obras pertinentes, el conjunto madrileño inicia la competición en el Wanda Metropolitano (gracias a cesión por parte del Club Atlético de Madrid). En noviembre, finalizadas las obras, el Rayo Majadahonda vuelve a compartir el Estadio Cerro del Espino, campo principal de la Ciudad Deportiva homónima, con el filial del Club Atlético de Madrid, que competía en el Grupo I de Segunda B y con el Atlético de Madrid Féminas, que milita en La Liga Iberdrola. En este periodo, se firma un convenio de uso por parte del Rayo Majadahonda que tenía prioridad a la hora del uso de la instalación, pero nunca exclusividad
SD Logroñés y UD Logroñés (Municipal de Las Gaunas – 2018-19)
Las Gaunas, histórico Estadi Municipal de la localidad de Logroño, albergará los encuentros de Primera RFEF de SD Logroñés y de UD Logroñés. Durante la temporada 2018-19, fue la EDF Logroño, equipo femenino que competía en la Liga Iberdrola, y la UD Logroñés, por entonces en Segunda B, las entidades que compartieron la instalación. Todo ello, previo pago de todos los usuarios de un alquiler previamente pactado con el Ayuntamiento de la localidad, no teniendo ninguna exclusividad sobre el mismo y pudiendo disputar varios partidos en la misma semana en un campo de césped natural.
Amorebieta y Athletic Club (Campo número 2 de Lezama – actualmente)
El último caso, perteneciente a la temporada que va a comenzar en pocos días se encuentra en tierras vascas. La SD Amorebieta, equipo recién ascendido a Segunda División, no podrá disputar sus partidos esta temporada en las instalaciones de Urritxe. El club vizcaíno ha llegado a un acuerdo para que todos sus partidos oficiales se disputen en el Campo número 2 de Lezama, Ciudad Deportiva del Athletic Club. Este terreno de juego también albergará los encuentros del equipo femenino del Athletic, que compite en Liga Iberdrola y los del Bilbao Athletic, que va a competir en Primera RFEF.
Como se puede comprobar, son varios los casos recientes, “por lo que se demuestra que la exclusividad no es un requisito marcado por la Liga de Fútbol Profesional y en todos estos campos existen convenios de uso preferente, pudiendo compartir la instalación sin necesidad poner en riesgo el ascenso de categoría”, señala la nota de prensa del CD Ibiza.
“Por último -sigue el comunicado-, para que no se dé un caso similar al que ocurrió en julio de 2007 con el Ciudad de Murcia, que cambió su lugar de disputa de los partidos en favor de la localidad de Motril (Granada) compitiendo como Granada 74 en la Segunda División de la temporada 2007-08, cabe destacar que la RFEF, en su artículo 102, expone lo siguiente: Están prohibidas las medidas encaminadas a favorecer una clasificación por méritos deportivos y/o la concesión, en su caso, de una licencia para participar en las competiciones nacionales a través de modificaciones en la forma jurídica, o lo elementos esenciales de ésta, o cambios en la propia estructura jurídica de una sociedad, en detrimento de la integridad deportiva de la competición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de los Estatutos de la RFEF”.
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