Dentro de las obligaciones de toda organización y, más aún de esta FFIB, esta la de actuar conforme a
principios de, entre otros, legalidad y protección de la salud. Estos principios y, la gran responsabilidad de velar por la seguridad de todos los federados, de la integridad y la reputación del fútbol hace que debamos esforzarnos constantemente por proteger la imagen del fútbol, y sobre todo, para evitar que prácticas ilegales, o contrarios a los principios éticos puedan empañarla o perjudicarla.
Desde la FFIB se quiere hacer un especial recordatorio que, en estos momentos y, durante toda la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, se debe anteponer la salud de los futbolistas y todas las personas relacionadas con el mundo del futbol por encima de cualquier otra cuestión, adoptando las medidas oportunas que ya fueron establecidas en el PROTOCOLO RELATIVO A LA PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD FRENTE AL SARS-COV-2 (COVID-19) EN ENTRENAMIENTOS, AMISTOSOS Y/O COMPETICIONES DE LA FFIB aprobado por la Direcció General d’ Esports de la Conselleria de Afers Socials i Esports.
A tal efecto, es importante recordar (1º) en qué situación nos encontramos, (2º) lo que NO debemos hacer y, (3º) cuáles serían las consecuencias de no actuar conforme a lo establecido por las autoridades sanitarias competentes:
1. ¿EN QUÉ SITUACIÓN NO ENCONTRAMOS?
Hasta el día 13 de febrero de 2021, todas las Islas Baleares se encuentran en NIVEL 4 de conformidad a lo establecido por el último acuerdo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2021
2º. ¿QUÉ NO DEBEMOS HACER?
En dicho nivel 4, la competición federada a nivel regional está prohibida y, por tanto, se encuentra suspendida. En dichas categorías sólo se permite entrenamientos SIN CONTACTO y DOS VECES POR SEMANA.
En definitiva, sólo se encuentra permitida la competición federada nacional y se prohíbe la asistencia de público a los eventos deportivos de cualquier categoría.
3º. CONSECUENCIAS DE INCUMPLIEMIENTO
Más allá de las consecuencias individuales y colectivas que supone un incumplimiento de las medidas adoptadas, debemos recordar que cualquier incumplimiento esta sometido, como infracción administrativa, a lo establecido en el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
Sin duda, estamos en un momento determinante. El futuro de la competición y, en definitiva, de que el fútbol vuelva a ser lo que todos deseamos esta en nuestras manos. Por tanto, ahora debemos apelar a la responsabilidad y a todos los valores del deporte en general y del fútbol en particular para cumplir escrupulosamente con lo que nos marca la propia legislación “anti Covid”
FFIB
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