La Justicia impide que Villar oculte su juicio por el fútbol femenino

La Justicia impide que Villar oculte su juicio por el fútbol femenino

Tras su segunda excusa de incomparecencia, la jueza aplaza al 22 de abril el juicio por ignorar la oferta de 6.600.000 euros para el patrocinio del fútbol femenino y apercibe al presidente de las consecuencias que le acarrearían si no concurre al interrogatorio en su condición de demandado

– La jueza desestima la petición de la RFEF de que el juicio con Seyer Gestión se celebrase a puerta cerrada

Madrid, 10 de febrero de 2016. – El juicio por la demanda que Seyer Gestión S.L. presentó contra la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por incumplimiento de contrato, al ignorar esta cinco años de trabajo y una oferta de 6.600.000 euros por los derechos de las competiciones nacionales de fútbol femenino, se celebrará definitivamente el próximo 22 de abril y no mañana 11 de febrero, como estaba previsto después de un anterior aplazamiento.

Con esta decisión, el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 8 de Majadahonda, en el nuevo señalamiento, da una última oportunidad al presidente de la RFEF, Ángel María Villar Llona, de acudir al mismo, y le recuerda que “comparece en calidad de demandado”. Y prosigue diciendo: “Tratándose de la segunda suspensión y no siendo posible su práctica como diligencia final, se le apercibe que en caso de no comparecer a este tercer llamamiento se le podrán tener por reconocidos los hechos en los que hubiere participado y su contenido le sea enteramente perjudicial y asimismo bajo apercibimiento de multa del artículo 292 de la LEC”. (Doc3)

Ángel María Villar, presidente de la RFEF durante los últimos 28 años y candidato a la reelección en los comicios que, en principio, están fijados precisamente para el próximo 22 de abril, manifestó en una carta personal enviada a la jueza el pasado 25 de enero su imposibilidad de acudir al juicio el 11 de febrero por coincidir en fechas con el Campeonato de Europa de Fútbol Sala. Y adujo que “ya sea en calidad de Presidente de la Asociación Nacional de uno de los países participantes… o ya en calidad de Vicepresidente de la UEFA y de FIFA, tengo obligación institucional, personal y profesional de asistir a dicho campeonato en las indicadas fechas”.

Además, en el intento por evitar a toda costa su comparecencia ante la jueza, Villar insiste en que su declaración difícilmente podrá ayudar a esclarecer los hechos “por cuanto el conocimiento que pueda tener de las relaciones con Seyer viene dado, en todo caso, por lo que mis colaboradores en la materia, principalmente Sr. D. Jorge Pérez y D. Vicente Temprado, me hayan podido indicar sobre el particular. Por tanto, al encontrarse los mismos dentro de las declaraciones testificales a practicar, entiendo perfectamente cubierto el parecer de la RFEF sobre las preguntas que tengan a bien plantear desde la representación procesal de Seyer”. Es decir, pretende delegar en el Secretario General, Jorge Pérez (significativo que durante el curso del procedimiento se haya convertido en candidato opositor a la presidencia de la RFEF y por tanto rival suyo en las próximas elecciones), y en el presidente del Comité Nacional de Fútbol Femenino… cuando curiosamente la propia RFEF no solo no les incluyó como testigos en su proposición de prueba al inicio del proceso, sino que se opuso a su llamamiento por parte de Seyer Gestión, que fue finalmente admitida.

Al parecer, cualquier esfuerzo es válido en el afán de la RFEF y del propio Villar de evitar a cualquier precio sentarse delante de la jueza y responder a por qué la RFEF ignoró una oferta de 6.600.000 euros por los derechos de las competiciones nacionales de fútbol femenino cuando el fútbol femenino en la RFEF no ingresaba, ni ingresa, un euro hasta la irrupción de Seyer. Y aunque esgrime en su petición a la jueza el desconocimiento total de los hechos, obvia las comunicaciones mantenidas con él a este respecto y que le fueron remitidas a petición suya (Doc4). Idénticas comunicaciones que las que recibieron el Secretario General, Jorge Pérez Arias (quien firmó el contrato con Seyer Gestión); el presidente del Comité Nacional de Fútbol Femenino, Vicente Temprado (interlocutor por contrato de la RFEF para estos efectos); y el entonces seleccionador nacional de la absoluta femenina, Ignacio Quereda.

La jueza desestima la petición de medidas cautelares

Otra prueba más de este pánico judicial por parte de la RFEF y su presidente y del oscurantismo con el que rodean sus actuaciones es la petición de medidas cautelares con respecto a la celebración del juicio. Desde la presentación de la demanda en el primer semestre del pasado año, Seyer Gestión S.L., no solo por su condición de demandante, sino también como consultora que tiene en la comunicación uno de sus pilares, ha evitado cualquier tipo de intrepretación que pudiera considerarse partidista. Para ejercer su derecho y el de los demás medios a la veraz información, Seyer Gestión ha planteado radical oposición al intento de silenciar hechos que afectan directamente al fútbol femenino y que tienen un interés público manifiesto para el deporte en general.

Esta forma de actuar evidencia el oscurantismo sistemático y la falta de fluidez informativa que sobre este asunto, entre otros, ha caracterizado el comportamiento de la RFEF en los últimos años. Posiblemente esta falta de costumbre y la convicción de que la forma de actuar que emana de la RFEF es la correcta y única admitida, llevó a la demandada a solicitar a la jueza una serie de medidas cautelares que el sentido común dicta como fuera de lugar, salvo que se tenga algo que esconder, en una demanda civil por incumplimiento de contrato. Un hecho que, a fuer de ser sinceros, no causó sorpresa a Seyer Gestión, ya que la primera respuesta recibida por parte de la secretaría general a la presentación de la mencionada oferta de 6.600.000 euros por los derechos del fútbol femenino fue: “De esto, que bajo ningún concepto se enteren ni los clubes ni las jugadoras”.

Así, en un primer momento la RFEF solicitó a la jueza “que proceda a advertir bajo apercibimiento de sanción económica a Seyer Gestión… para que cese en cualquier publicación, difusión o divulgación de cuanto acontezca en el desarrollo de la próxima Vista…». Y añadía: “Que en tal sentido, antes de dar comienzo a la misma, proceda a decomisar cualquier dispositivo electrónico, como cámaras, teléfonos móviles etc, y, en general, cualquier herramienta susceptible de ser empleada para la obtención de imágenes vídeo/audio de lo que acontezca en la sala”.

Posteriormente, y como debía parecerle poco, amplió su petición solicitando “la celebración de vista a puerta cerrada, con el fin de asegurar que los interrogatorios que se efectuaran y las conclusiones que se expondrán no son utilizados posteriormente por la parte actora con espurios propósitos a fin de menoscabar la imagen de esta parte…”.

Al respecto, y para no ser farragosos, la jueza dicta en su auto de 9 de febrero que en este caso no se dan las circunstancias que justifican la adopción de tales medidas cautelares, por lo que concluye diciendo: “ACUERDO DENEGAR las medidas cautelares solicitadas por la Real Federación Española de Fútbol”, al tiempo que “en materia de costas es de aplicación el artículo 394 de la Lecr. Por lo que procede su imposición a la parte solicitante de las medidas”. Es decir, la RFEF (Auto y Providencia denegatorios de medidas. Docs. 1 y 2).

 

COMUNICADO DE SEYER GESTIÓN

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